Destacado

Corte Marcial condenó solo por lesiones graves a único imputado en muerte de Iván Vásquez

Abogado de la familia de la víctima aseguró que “este fallo representa una falta de acceso a la justicia”, debido a ello, recurrió a la Corte Suprema

 

A tres años de presidio condenó la Justicia Militar, a quien sería el único funcionario de la Tercera Comisaria de Carabineros de Chile Chico, José Gamboa, que habría participado en la muerte del trabajador minero, Iván Vásquez Vásquez, al interior del recinto policial ubicado en pleno centro de “la ciudad del sol”.

Esta determinación daría cuenta que el Suboficial Gamboa, sería el autor únicamente del delito de violencias innecesarias causando lesiones graves a la víctima, en este caso el trabajador chilechiquense, hechos ocurridos el día 4 de mayo de 2014.

Previo a este último dictamen, la Justicia Militar había condenado a Gamboa a la pena de 5 años y 1 día de presidio efectivo, como autor de la muerte de Iván Vásquez. Lo que para la familia de este hombre y su abogado era una condena baja, señaló Cristian Cruz.

“El Juzgado Militar de Coyhaique determinó condenar al Suboficial Gamboa a la pena de 5 años y 1 día de presidio efectivo, como autor del asesinato de Iván Vásquez Vásquez. Frente a esa pena, que evidentemente nos parece baja y que no da cuenta de la magnitud del daño causado, del sufrimiento, ni de la atrocidad del crimen, es que, decidimos apelar ante la Corte Marcial, para que la misma enmendase y dictase una pena acorde al desvalor del hecho juzgado, porque estamos hablando de un asesinato en custodia policial”.

Tras la apelación a este primer dictamen, la Justicia Militar decide finalmente condenar a tres años de presidio al funcionario de Carabineros y esta vez, solo por el delito de violencias innecesarias causando lesiones graves a la víctima.

“La Corte Marcial tras conocer de la apelación, determinó que el señor Gamboa quedaba condenado como autor, pero del delito de lesiones graves, sentenciando al Suboficial a una pena de tres años con beneficios, es decir, sin cárcel y dejando en el limbo la causa de muerte o en definitiva, responsabilizando a la víctima de su propia muerte, a pesar de las torturas, de los golpes que sufrió. Estos golpes provocaron en él una fractura costal que termina lacerando, dañando el hígado y eso obviamente en medio de dolores y sufrimientos indecibles”, añadió el abogado.

Cristian Cruz, enfatizó además que, “este fallo de la Corte Marcial, para nosotros representa una falta de acceso a la justicia para la víctima y su familia. Por lo cual, hemos recurrido ante la Corte Suprema, ya que, el fallo de la Corte Marcial carece, a su vez, de una adecuada coherencia jurídica, por cuanto, contiene consideraciones que son equivocas, por un lado, mantiene aspectos que responsabilizan al carabinero inequívocamente de la muerte de don Iván Vásquez, para finalmente condenarlo solo como autor de lesiones graves y a una pena que en realidad no merece llamarse pena”.

El abogado de la familia de la víctima, se muestra confiado en la Corte Suprema, que pueda revertir lo resuelto por la Justicia Militar y se determine la pena acorde al delito cometido, “porque tres años sin cárcel por provocar la muerte de una persona, no pasa en términos de lo que sufre la familia de la víctima, en una vulgar reprimenda. Por ello es que, esperamos que la Corte Suprema conozca del recurso y de la causa y enmiende acorde al mérito de los hechos, sin lugar a dudas, conforme a la ley a una pena adecuada”, enfatizó Cristian Cruz.

 

Facebook