✅ Unión civil otorga derechos civiles limitados, mientras el matrimonio brinda protección legal total, filiación y beneficios sociales fuertes en Chile.
En Chile, la unión civil y el matrimonio son dos figuras legales diferentes que regulan la convivencia entre dos personas, pero presentan diferencias significativas en términos de derechos, deberes y procedimientos legales.
Este artículo explicará detalladamente cuáles son las principales diferencias entre la unión civil y el matrimonio en Chile, abordando aspectos legales, patrimoniales, de filiación y otros elementos clave para que puedas entender cuál opción es la más adecuada según las necesidades y circunstancias de cada pareja.
Diferencias legales entre unión civil y matrimonio en Chile
La unión civil fue establecida en Chile con la Ley N° 20.830 en el año 2015 y está destinada a parejas heterosexuales y del mismo sexo que deseen formalizar su convivencia afectiva sin acceder al matrimonio tradicional. Por otro lado, el matrimonio es la figura legal clásica que está regulada en el Código Civil y contempla una serie de derechos y obligaciones más amplios y tradicionales.
Requisitos y procedimiento
- Unión Civil: Se debe inscribir ante el Registro Civil, con la presentación de la solicitud y documentación requerida. No es necesario ni se permite realizar ceremonias religiosas.
- Matrimonio: Se realiza una ceremonia civil (con posibilidad de ceremonia religiosa reconocida) y requiere la publicación de un edicto matrimonal, entre otros trámites.
Derechos y deberes
- Unión Civil: Confiere derechos como el uso del apellido, herencia en ausencia de testamento (con ciertas limitaciones), acceso a beneficios sociales y previsionales, y protección en caso de disolución.
- Matrimonio: Amplía esos derechos e incluye deberes como la fidelidad, colaboración mutua, asistencia y cuidado recíproco. También facilita la filiación y adopción conjunta más directa, y derechos sucesorios más robustos.
Patrimonio y bienes
- Unión Civil: El régimen patrimonial por defecto es similar a la sociedad de gananciales, pero puede ser diferente si se pacta otra modalidad ante notario.
- Matrimonio: Por defecto rige el régimen de sociedad conyugal, que implica la administración conjunta de los bienes gananciales.
Disolución y efectos posteriores
- Unión Civil: Puede disolverse mediante simple escritura pública y algunos trámites administrativos, sin necesidad de juicio.
- Matrimonio: Requiere un proceso judicial de divorcio para su disolución, con procedimientos y tiempos que pueden ser más largos.
Filiación y adopción
- Unión Civil: No otorga facultades especiales automáticas sobre la filiación o adopción conjunta, esto puede generar limitaciones dependiendo del caso.
- Matrimonio: Facilita la filiación y adopción en conjunto, reconocido plenamente por la ley.
Mientras que la unión civil ofrece una opción legal moderna y más sencilla para formalizar la convivencia, el matrimonio sigue siendo la figura con mayores beneficios y obligaciones legales en Chile.
Requisitos legales y procedimientos para contraer unión civil versus matrimonio en Chile
En Chile, tanto la unión civil como el matrimonio son figuras jurídicas distintas, cada una con sus propios requisitos legales y procedimientos para su celebración. Conocer estas diferencias es fundamental para quienes estén considerando formalizar su relación bajo uno u otro régimen.
Requisitos para contraer unión civil
- Edad mínima: Los contrayentes deben ser mayores de 18 años. En caso de ser menores, requieren autorización judicial.
- Estado civil: Ambos deben estar solteros, viudos o divorciados. No pueden estar casados ni tener otra unión civil vigente.
- No parentesco cercano: No deben existir vínculos de parentesco directo (como padre-hijo o hermanos).
- Consentimiento libre y voluntario: Ambas partes deben manifestar su voluntad de unirse libremente ante un oficial público.
Procedimiento de la unión civil
La unión civil se formaliza mediante una inscripción en el Registro Civil. El proceso es más simple y rápido que el del matrimonio, y se puede realizar en cualquier oficina del Registro Civil.
- Presentar la solicitud y antecedentes personales en el Registro Civil.
- Ambas partes deben declarar su voluntad ante el oficial público, quien protocolizará el acto.
- Se inscribe la unión en el Registro Civil y se entrega un certificado oficial.
El trámite suele durar menos de 24 horas y no requiere ceremonia ni testigos.
Requisitos para contraer matrimonio
- Edad: Similar a la unión civil, pero la ley permite 16 años con autorización judicial.
- Estado civil y parentesco: Igual que en la unión civil, no se puede casar con personas con parentesco prohibido o que mantengan vínculo matrimonial vigente.
- Publicación de edictos: Se hace una publicación de los llamados “edictos matrimoniales” durante al menos 15 días para evitar impedimentos legales.
Procedimiento para matrimonio
El matrimonio puede celebrarse ante el Registro Civil o una autoridad religiosa reconocida legalmente, y requiere un proceso más formal:
- Solicitud de necesaria anticipación en el Registro Civil.
- Presentación de documentos como cédula de identidad, certificado de nacimiento y, si corresponde, certificado de menaje de edictos.
- Publicación de edictos matrimoniales, que duran 15 días y permiten presentar oposiciones.
- Celebração del matrimonio con testigos (mínimo dos) y ante la autoridad competente.
- Inscripción del matrimonio en el Registro Civil y entrega de la libreta de matrimonio.
Tabla comparativa: requisitos y procedimientos
| Aspecto | Unión Civil | Matrimonio |
|---|---|---|
| Edad mínima | 18 años (menores con autorización) | 18 años (16 con autorización judicial) |
| Publicación de edictos | No requerida | Obligatoria (mínimo 15 días) |
| Trámite | Directo en Registro Civil, sin ceremonia | Ceremonia civil o religiosa con testigos |
| Duración del trámite | Entre pocas horas a 1 día | Mínimo 15 días (por edictos) |
| Testigos | No necesarios | Mínimo 2 testigos |
Consejos prácticos para elegir el procedimiento adecuado
- Para parejas que buscan rapidez y simplicidad: La unión civil ofrece un proceso más expedito y menos burocrático.
- Si buscan una ceremonia con respaldo religioso o tradición social: El matrimonio es la opción habitual.
- Importancia legal: Verificar los derechos y obligaciones que cada figura otorga respecto a herencias, pensiones y régimen de bienes.
- Considerar asesoría jurídica: Ante dudas sobre incompatibilidades legales o efectos patrimoniales, siempre es recomendable consultar a un especialista.
En resumen, mientras la unión civil destaca por ser un trámite formal accesible, breve y moderno, el matrimonio mantiene un protocolo más tradicional y riguroso, con implicancias legales y sociales más amplias.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una unión civil en Chile?
La unión civil es un contrato legal entre dos personas, independientemente de su género, que les otorga derechos y deberes similares a los del matrimonio.
¿En qué se diferencia la unión civil del matrimonio?
La principal diferencia radica en la denominación y algunos aspectos legales específicos, como la posibilidad de adoptar en matrimonio, pero ambos otorgan protección legal a las parejas.
¿Pueden adoptar parejas en unión civil?
No, actualmente solo el matrimonio permite la adopción conjunta en Chile.
¿Ambos regímenes permiten la pensión de sobrevivencia?
Sí, tanto las parejas en unión civil como en matrimonio tienen derecho a la pensión de sobrevivencia, siempre que cumplan los requisitos legales.
¿Cómo se disuelve una unión civil?
Se disuelve mediante un acuerdo mutuo, por sentencia judicial o cuando uno de los miembros contrae matrimonio, de manera más sencilla que el divorcio matrimonial.
¿La unión civil protege a las parejas heterosexuales y homosexuales?
Sí, la unión civil está abierta a parejas de cualquier orientación sexual, garantizando igualdad de derechos.
| Aspecto | Unión Civil | Matrimonio |
|---|---|---|
| Participantes permitidos | Parejas heterosexuales y homosexuales | Parejas heterosexuales y homosexuales |
| Tipo de vínculo | Contrato legal | Estado civil reconocido |
| Adopción | No permitida | Sí permitida |
| Disolución | Acuerdo mutuo o sentencia judicial sencilla | Divorcio judicial más complejo |
| Pensión de sobrevivencia | Sí, con requisitos | Sí, con requisitos |
| Nombre del estado civil | No cambia | Cambia a «casado» o «casada» |
| Trámites | Inscripción en Registro Civil | Ceremonia civil o religiosa + inscripción |
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